Hoy (6 de septiembre), se publicó la IN RFB 2.216/24, que incluye nuevos beneficios fiscales que deben declararse en la DIRBI
(Declaración de Incentivos, Exenciones, Beneficios e Inmunidades de Carácter Tributario). La DIRBI (Declaración de Incentivos, Exenciones, Beneficios e Inmunidades de Carácter Tributario), establecida por la IN RFB 2.198/24, inicialmente preveía la presentación de información relativa a 16 beneficios fiscales: PERSE, RECAP, REIDI, REPORTO, ACEITE DE BÚNKER, PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, EXENCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA NÓMINA, PADIS, CARNE DE RES, OVINO Y CAPRINO (EXPORTACIÓN), CARNE DE RES, OVINO Y CAPRINO (INDUSTRIA), CAFÉ SIN TOSTAR, CAFÉ TOSTADO Y SUS EXTRACTOS, CARNE DE NARANJA, SOJA, PORCINO Y AVES, y PRODUCTOS AGRÍCOLAS EN GENERAL.
Ahora, la RFB 2.216/24 incluye otros 17 beneficios sujetos a declaración, tales como: REIQ, SUDAM/SUDENE, FERTILIZANTES, AERONAVES Y PIEZAS, PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, PRODUCTOS QUÍMICOS DEL CAPÍTULO 29, ZONA FRANCA DE MANAUS, SUBSIDIOS A LA INVERSIÓN e INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, según la nueva versión del Anexo I de la Instrucción Normativa.
La declaración relativa a incentivos, exenciones, beneficios e inmunidades de los 17 beneficios incluidos debe presentarse antes del 20 de octubre de 2024 y debe cubrir los períodos impositivos de enero a agosto de 2024.
Es importante recordar que la RFB 2.198/24 prevé sanciones, calculadas sobre los ingresos brutos de la empresa, en caso de no presentación o presentación tardía de la DIRBI (Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).
El equipo fiscal de De Vivo, Castro, Cunha e Whitaker Advogados está disponible para ayudarle en este asunto.
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