{"id":1055,"date":"2025-01-15T17:25:22","date_gmt":"2025-01-15T19:25:22","guid":{"rendered":"https:\/\/devivocastro.com.br\/?p=1055"},"modified":"2026-02-03T16:44:18","modified_gmt":"2026-02-03T19:44:18","slug":"direito-de-familia-e-das-sucessoes","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/devivo.letsite.com.br\/es\/direito-de-familia-e-das-sucessoes\/","title":{"rendered":"Derecho de Familia y Sucesiones: Retrospectiva 2024 y Tendencias 2025"},"content":{"rendered":"<p><span dir=\"auto\">El a\u00f1o 2024 fue particularmente fruct\u00edfero para el \u00e1rea de Derecho de Familia y Sucesiones debido a importantes debates que involucraron cambios legislativos propuestos como la reforma del C\u00f3digo Civil y la reglamentaci\u00f3n de la Reforma Tributaria, adem\u00e1s de sentencias de gran relevancia tanto en los Tribunales Superiores (STF y STJ) como en los Tribunales de Justicia, impactando directamente la Planificaci\u00f3n Patrimonial y Sucesoria, considerando los cambios en el tratamiento del ITCMD (Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones) y veh\u00edculos de planificaci\u00f3n como\u00a0<\/span><em><span dir=\"auto\">los fideicomisos<\/span><\/em><span dir=\"auto\">\u00a0, las sociedades\u00a0<\/span><em><span dir=\"auto\">offshore<\/span><\/em><span dir=\"auto\">\u00a0y las sociedades holding.<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">Mirando hacia atr\u00e1s en los principales eventos de 2024, como con cada nuevo a\u00f1o, es hora de pensar en el futuro y planificar para 2025.<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">Las tendencias para 2025 podr\u00edan ir desde la promulgaci\u00f3n del C\u00f3digo Civil revisado, que traer\u00e1 nuevas reglas a los acuerdos prenupciales, reg\u00edmenes matrimoniales, testamentos, divorcios y divisiones de bienes, hasta el inicio de los efectos provocados por la reglamentaci\u00f3n de la Reforma Tributaria.<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">En 2025, deber\u00e1n abordarse las cuestiones digitales y su interrelaci\u00f3n con el Derecho de Familia y Sucesiones, tanto en relaci\u00f3n con la herencia digital, regulada en el Proyecto de Reforma del C\u00f3digo Civil, como en las relaciones entre padres e hijos, sus derechos y obligaciones en el mundo virtual. Quiz\u00e1s se juzgue la Sentencia 1137 del Tribunal Supremo de Justicia, que trata sobre la validez de medidas de cobro at\u00edpicas, como la retenci\u00f3n de licencias de conducir y pasaportes, as\u00ed como el bloqueo de redes sociales monetizadas, destacando su valor pecuniario en la divisi\u00f3n de bienes en divorcios y sucesiones.<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">Dadas las numerosas leyes fiscales promulgadas en 2024 y las sentencias que aclararon muchas dudas sobre la interpretaci\u00f3n y la relevancia de la planificaci\u00f3n patrimonial y sucesoria, a primera vista podr\u00eda parecer que no queda mucho para 2025.<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">Sin embargo, esto ser\u00eda un error. Adem\u00e1s de la fuerte tendencia a promulgar regulaciones destinadas a modificar o aumentar la carga fiscal en el \u00e1mbito de las sucesiones, se prev\u00e9 que las interpretaciones judiciales y administrativas a nivel municipal, estatal y federal sigan siendo importantes este a\u00f1o.<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">En resumen, desde la pandemia de COVID-19, la finitud de la vida se ha convertido en un tema constante de debate en las familias, por lo que las herramientas de planificaci\u00f3n patrimonial y sucesoria deben abordarse lo antes posible y revisarse constantemente.<\/span><\/p>\n<h4><\/h4>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3><strong><span dir=\"auto\">Enero<\/span><\/strong><\/h3>\n<p><span dir=\"auto\">Se public\u00f3 la Ley 14.803\/24, que trata de la tributaci\u00f3n en los planes de pensiones privados, para permitir que los asegurados y\/o beneficiarios elijan cu\u00e1ndo pagar el impuesto.<\/span><\/p>\n<h4><\/h4>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3><strong><span dir=\"auto\">Febrero<\/span><\/strong><\/h3>\n<p><span dir=\"auto\">El Supremo Tribunal Federal (STF) de Brasil declar\u00f3 inconstitucional el art\u00edculo 1641, II, del C\u00f3digo Civil, que impon\u00eda el r\u00e9gimen obligatorio de separaci\u00f3n de bienes para mayores de 70 a\u00f1os. El Tema\u00a0de Repercusi\u00f3n General\u00a0<\/span><strong><span dir=\"auto\">1.236 estableci\u00f3 la siguiente\u00a0<\/span><\/strong><strong><span dir=\"auto\">tesis:<\/span><\/strong><span dir=\"auto\">\u00a0En los matrimonios y uniones estables que involucran a mayores de 70 a\u00f1os, el r\u00e9gimen de separaci\u00f3n de bienes previsto en el art\u00edculo 1641, II, del C\u00f3digo Civil, puede ser renunciado por voluntad expresa de las partes, mediante escritura p\u00fablica.<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">Adem\u00e1s de permitir que aquellos casados \u200b\u200bo en uniones estables bajo el anterior r\u00e9gimen obligatorio de separaci\u00f3n de bienes cambien su r\u00e9gimen, se cre\u00f3 otro r\u00e9gimen legal en Brasil, por el cual el r\u00e9gimen de separaci\u00f3n de bienes contin\u00faa existiendo para los mayores de 70 a\u00f1os, y el r\u00e9gimen de comunidad parcial de bienes se aplica a todos los dem\u00e1s, garantizando a todos la posibilidad de expresar su voluntad de adoptar otro r\u00e9gimen mediante un acuerdo prenupcial o escritura p\u00fablica.<\/span><\/p>\n<h4><\/h4>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3><strong><span dir=\"auto\">Marzo<\/span><\/strong><\/h3>\n<p><span dir=\"auto\">La parentalidad positiva y el derecho al juego fueron establecidos como estrategias de prevenci\u00f3n de la violencia contra la infancia a trav\u00e9s de la Ley 14.826\/24, objetivando promover un proceso de crianza basado en el respeto, la aceptaci\u00f3n y la no violencia, adem\u00e1s de atribuir al Estado, a la familia y a la sociedad el deber de promover el apoyo emocional y la educaci\u00f3n no violenta de los ni\u00f1os hasta los 12 a\u00f1os de edad.<\/span><\/p>\n<h4><\/h4>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3><strong><span dir=\"auto\">Abril<\/span><\/strong><\/h3>\n<p><span dir=\"auto\">El Senado recibi\u00f3 el proyecto de\u00a0<\/span><strong><span dir=\"auto\">reforma del C\u00f3digo Civil<\/span><\/strong><span dir=\"auto\">\u00a0, preparado por una Comisi\u00f3n de Juristas formada en agosto de 2023, que sugiere, entre otros cambios relevantes, la exclusi\u00f3n del r\u00e9gimen de ganancias finales en el matrimonio y que el\u00a0<\/span><strong><span dir=\"auto\">c\u00f3nyuge sup\u00e9rstite deje de ser heredero<\/span><\/strong><span dir=\"auto\">\u00a0en el r\u00e9gimen de separaci\u00f3n de bienes cuando el fallecido tenga hijos o padres.<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">Seg\u00fan el proyecto presentado, las relaciones de parentesco dejan de ser \u00fanicamente las derivadas de la consanguinidad, sino tambi\u00e9n las derivadas del afecto, conocidas como\u00a0<\/span><strong><span dir=\"auto\">socioafectividad.\u00a0<\/span><\/strong><span dir=\"auto\"><strong>Las uniones entre personas del mismo sexo<\/strong><\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">,\u00a0hasta ahora reconocidas por una decisi\u00f3n del Tribunal Supremo de 2011, ser\u00e1n legitimadas por disposici\u00f3n legal. El matrimonio se definir\u00e1 como la uni\u00f3n de dos personas, y ya no como la uni\u00f3n de un hombre y una mujer, como se establece en el C\u00f3digo Civil actual.<\/span><\/p>\n<h4><\/h4>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3><strong><span dir=\"auto\">Puede<\/span><\/strong><\/h3>\n<p><span dir=\"auto\">Se public\u00f3 la Ley 14.857\/24, que agreg\u00f3 el art\u00edculo 17-A a la Ley Maria da Penha, disponiendo el secreto del nombre de la v\u00edctima en los procesos que investigan cr\u00edmenes cometidos en el contexto de violencia dom\u00e9stica y familiar contra la mujer, sin extender el secreto al nombre del agresor.<\/span><\/p>\n<h4><\/h4>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3><span dir=\"auto\"><strong>Junio<\/strong><\/span><\/h3>\n<p><span dir=\"auto\">Se ha promulgado la Ley 14.905\/24, que modifica el c\u00e1lculo de la correcci\u00f3n monetaria y los intereses en el C\u00f3digo Civil, afectando la pensi\u00f3n alimenticia y otras deudas civiles.<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">Se adoptar\u00e1 el IPCA (\u00cdndice de Precios al Consumidor Brasile\u00f1o), y el deudor tambi\u00e9n ser\u00e1 responsable de las p\u00e9rdidas y da\u00f1os causados \u200b\u200bpor el incumplimiento. Los intereses, a falta de acuerdo, corresponder\u00e1n a la tasa SELIC, y si el resultado es negativo, se fijar\u00e1n en cero.<\/span><\/p>\n<h4><\/h4>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3><strong><span dir=\"auto\">Julio<\/span><\/strong><\/h3>\n<p><span dir=\"auto\">La Operaci\u00f3n Loki fue lanzada por la Secretar\u00eda de Hacienda del Estado de S\u00e3o Paulo, enviando notificaciones a los contribuyentes por presunta falta de pago del ITCMD (Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones), con base en sospechas de planificaci\u00f3n sucesoria que involucraba la venta simulada de acciones de empresas de padres a hijos sin compensaci\u00f3n financiera real, haciendo creer que se trataba de donaciones.<\/span><\/p>\n<h4><\/h4>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3><strong><span dir=\"auto\">Agosto<\/span><\/strong><\/h3>\n<p><span dir=\"auto\">El Tribunal Superior de Justicia (STJ) dictamin\u00f3 que el impuesto sobre la renta no se aplica a las herencias recibidas en fondos de inversi\u00f3n. La sentencia abord\u00f3 la recaudaci\u00f3n del impuesto por parte de la Hacienda P\u00fablica Federal a los herederos, entendiendo que la diferencia entre el valor de mercado de las participaciones recibidas por los herederos y el valor declarado en la Declaraci\u00f3n de Rentas del fallecido constitu\u00eda una ganancia de capital que deb\u00eda tributar como tal.<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">Seg\u00fan los jueces, no hay ganancia cuando los herederos reciben el activo al valor declarado por el fallecido, y solo cuando las participaciones se rescatan o transfieren a valor de mercado.<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">Se public\u00f3 la Resoluci\u00f3n n.\u00ba 571 del Consejo Nacional de Justicia (CNJ), que modifica los procedimientos de sucesiones y divisi\u00f3n de sucesiones, permitiendo la v\u00eda extrajudicial incluso en los casos en que el fallecido dej\u00f3 herederos menores de edad o incapacitados y exista testamento, as\u00ed como la venta de activos sucesorios para el pago de impuestos, costas y obligaciones sucesorias, siempre que exista consenso entre las partes.<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">En los divorcios y disoluciones de uniones estables, la divisi\u00f3n de bienes tambi\u00e9n puede realizarse de forma extrajudicial, dejando la v\u00eda judicial \u00fanicamente para los asuntos que involucren intereses de los hijos menores, como la custodia, el derecho de visitas y la pensi\u00f3n alimenticia.<\/span><\/p>\n<h4><\/h4>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3><strong><span dir=\"auto\">Septiembre<\/span><\/strong><\/h3>\n<p><span dir=\"auto\">Otra herramienta de planificaci\u00f3n patrimonial que recibi\u00f3 gran atenci\u00f3n en 2024 fue la tributaci\u00f3n de las opciones sobre acciones, tambi\u00e9n conocidas como opciones de compra de acciones. Si bien las opciones sobre acciones se utilizan en el mercado laboral para retener talento, nada impide que este tipo de inversi\u00f3n tambi\u00e9n se considere una herramienta de planificaci\u00f3n para las empresas familiares. El Gobierno Federal considera que la tributaci\u00f3n debe realizarse, seg\u00fan la tabla del impuesto sobre la renta, en el momento de la recepci\u00f3n de las acciones, mientras que el Poder Judicial ha determinado que solo se grava la venta de estas acciones si se produce un aumento del patrimonio neto, es decir, una diferencia positiva entre el valor recibido y el valor vendido.<\/span><\/p>\n<h4><\/h4>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3><strong><span dir=\"auto\">Octubre<\/span><\/strong><\/h3>\n<p><span dir=\"auto\">La C\u00e1mara concluye la votaci\u00f3n del PLP 108\/24, que regula la reforma fiscal (CE 132\/23). El proyecto de ley aborda el ITCMD (Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones), que, seg\u00fan la nueva redacci\u00f3n introducida por la Enmienda Constitucional, impone una tributaci\u00f3n progresiva, entre otros cambios, y aborda la incidencia fiscal de los planes de pensiones complementarios (PGBL y VGBL).<\/span><\/p>\n<h4><\/h4>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3><strong><span dir=\"auto\">Noviembre<\/span><\/strong><\/h3>\n<p><span dir=\"auto\">El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) reconoci\u00f3 la relaci\u00f3n socioafectiva entre abuelos y nietos adultos. Con base en\u00a0<\/span><strong><span dir=\"auto\">la Sentencia 622<\/span><\/strong><span dir=\"auto\">\u00a0del Tribunal Supremo : \u00abLa paternidad socioafectiva, declarada o no en un registro p\u00fablico, no impide el reconocimiento de un v\u00ednculo de filiaci\u00f3n concomitante basado en el origen biol\u00f3gico, con sus propios efectos jur\u00eddicos\u00bb, prevaleci\u00f3 la interpretaci\u00f3n de la ponente Nancy Andrighi, quien admiti\u00f3 la concomitancia de la filiaci\u00f3n socioafectiva y biol\u00f3gica en los registros civiles.<\/span><\/p>\n<h4><\/h4>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3><strong><span dir=\"auto\">Diciembre<\/span><\/strong><\/h3>\n<p><span dir=\"auto\">El Tribunal de Justicia de S\u00e3o Paulo (TJSP) fall\u00f3 en contra de la aplicaci\u00f3n del ITCMD (Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones) a las donaciones realizadas en el extranjero, argumentando que no existe ley que autorice su recaudaci\u00f3n. El Tribunal Superior de Justicia (STJ) ya se hab\u00eda pronunciado en contra del impuesto, en un caso con repercusi\u00f3n general, al afirmar que hasta que una ley federal complementaria aborde la cuesti\u00f3n, el impuesto no puede ser recaudado. Sin embargo, con la Reforma Tributaria (Enmienda Constitucional 132\/23), la Secretar\u00eda de Hacienda del Estado de S\u00e3o Paulo consider\u00f3 que el vac\u00edo legal se hab\u00eda resuelto.<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">No obstante, la sentencia aclar\u00f3 que la invalidez del impuesto persiste para las donaciones realizadas antes de la Enmienda Constitucional 132\/23, ya que no existe ley que respalde la reclamaci\u00f3n de recaudaci\u00f3n.<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">La misma interpretaci\u00f3n debe aplicarse a las herencias recibidas en el extranjero. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia (STJ), en el\u00a0<strong>asunto 1214<\/strong><\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">, reconoci\u00f3 la repercusi\u00f3n general:\u00a0\u00abLa aplicaci\u00f3n del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ITCMD) a la transferencia de valores y derechos relacionados con el Plan de Seguro de Vida Gratuito Generador de Beneficios (VGBL) o el Plan de Seguro de Vida Gratuito Generador de Beneficios (PGBL) a los beneficiarios en caso de fallecimiento del titular del plan es inconstitucional\u00bb.\u00a0Por lo tanto, se declar\u00f3 inconstitucional la recaudaci\u00f3n del Impuesto sobre\u00a0<em>Sucesiones<\/em>\u00a0sobre las cantidades recibidas de los planes de pensiones privados dejados por el fallecido.\u00a0<strong>Nuestro equipo de Derecho de Familia y Sucesiones est\u00e1 a su disposici\u00f3n para ayudarle con estos asuntos.<\/strong><\/span><\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El a\u00f1o 2024 fue particularmente fruct\u00edfero para el \u00e1rea de Derecho de Familia y Sucesiones debido a [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1673,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-1055","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticia"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/devivo.letsite.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1055","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/devivo.letsite.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/devivo.letsite.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/devivo.letsite.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/devivo.letsite.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1055"}],"version-history":[{"count":2,"href":"https:\/\/devivo.letsite.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1055\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2009,"href":"https:\/\/devivo.letsite.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1055\/revisions\/2009"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/devivo.letsite.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1673"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/devivo.letsite.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1055"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/devivo.letsite.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1055"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/devivo.letsite.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1055"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}