{"id":295,"date":"2014-07-14T14:49:01","date_gmt":"2014-07-14T17:49:01","guid":{"rendered":"http:\/\/dvwca.com.br\/?p=295"},"modified":"2026-01-27T12:39:30","modified_gmt":"2026-01-27T15:39:30","slug":"esclarecimentos-sobre-o-testamento-vital","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/devivo.letsite.com.br\/es\/esclarecimentos-sobre-o-testamento-vital\/","title":{"rendered":"Aclaraciones sobre el Testamento Vital"},"content":{"rendered":"<p><span dir=\"auto\">Ante una enfermedad incurable o terminal, y sin poder expresar sus deseos, se puede adoptar una forma de comunicar c\u00f3mo desean pasar sus \u00faltimos d\u00edas como \u00abfacilitador\u00bb para m\u00e9dicos y familiares, estos \u00faltimos a menudo emocionalmente devastados: ya sea sedados y conectados a numerosos tubos, con dolor o con inyecciones de morfina, o simplemente declarando que no desean terminar sus d\u00edas en estado vegetativo.<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">Dado que, en ocasiones, la religiosidad y el apego de los familiares no permiten la desconexi\u00f3n de m\u00e1quinas o el cese de los tratamientos paliativos, se instituy\u00f3 el instrumento conocido como testamento vital, tambi\u00e9n llamado Instrucciones Anticipadas de la Voluntad del Paciente (ADV), objeto de la Resoluci\u00f3n 1.995\/2012 del Consejo Federal de Medicina (1).<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">En cuanto a la terminolog\u00eda, algunos consideran inapropiado el t\u00e9rmino \u00abtestamento\u00bb, ya que el art\u00edculo 1.857 del C\u00f3digo Civil (2) estipula que la declaraci\u00f3n de \u00faltima voluntad solo debe realizarse despu\u00e9s del fallecimiento, mientras que el \u00abtestamento vital\u00bb tiene como objetivo dar directivas antes del fallecimiento. Por ello, ser\u00eda m\u00e1s apropiado denominar a dicho documento Instrucciones Anticipadas del Testamento del Paciente (DAVP), como se establece en la mencionada Resoluci\u00f3n CFM n.\u00ba 1.995\/2012.<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">En cualquier caso, conviene distinguir entre las diversas formas de \u00abanticipar la muerte\u00bb, ya que algunas se consideran delitos en Brasil y, por lo tanto, son inadmisibles por el Consejo Federal de Medicina.<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">La eutanasia, que etimol\u00f3gicamente significa \u00abbuena muerte\u00bb, se considera homicidio en Brasil (3) e implica la asistencia de un tercero para acelerar la muerte de una persona, generalmente mediante el uso de medicamentos o la desconexi\u00f3n del equipo de soporte vital.<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">La ortotanasia consiste en suspender la aplicaci\u00f3n de procedimientos de prolongaci\u00f3n de la vida o reanimaci\u00f3n, limitando los esfuerzos a evitar causar dolor al paciente.<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">La distanasia es la prolongaci\u00f3n artificial de la vida, con el mantenimiento del soporte vital incluso cuando es absolutamente in\u00fatil dada la irreversibilidad del cuadro cl\u00ednico, conocido como \u00abobstinaci\u00f3n terap\u00e9utica\u00bb. El<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">suicidio asistido consiste en proporcionar o asistir al paciente con lo necesario (medicamentos, inyecciones) para que se suicide, lo cual difiere de la sedaci\u00f3n paliativa, donde se administran medicamentos para sedar o aliviar el dolor del paciente, sin acelerar la muerte.<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">Es cierto que, tras la promulgaci\u00f3n de la mencionada Resoluci\u00f3n, el Ministerio P\u00fablico Federal de Goi\u00e1s interpuso una acci\u00f3n civil p\u00fablica (ACP n\u00ba 1039-86.2013.4.01.3500) solicitando la declaraci\u00f3n de inconstitucionalidad y la suspensi\u00f3n de la Resoluci\u00f3n CFM 1995\/2012 por \u00abexceso de potestad reglamentaria, atentado contra la seguridad jur\u00eddica, exclusi\u00f3n de la familia de las decisiones a las que tiene derecho y establecimiento de un instrumento inadecuado para el registro de las voluntades anticipadas de los pacientes\u00bb. La acci\u00f3n fue desestimada y se encuentra actualmente en apelaci\u00f3n.<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">El punto crucial del asunto radica en qui\u00e9n tiene la autoridad para decidir sobre la dignidad de la persona humana: si el paciente, tras haber perdido la capacidad de expresar su voluntad, ha dejado una declaraci\u00f3n de intenci\u00f3n escrita o verbal a sus familiares o a quien sea responsable de \u00e9l en caso de incapacidad temporal o permanente.<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">Finalmente, el testamento vital busca garantizar los derechos constitucionales a la dignidad humana, la personalidad, la autonom\u00eda de la voluntad y la libertad de decidir sobre el resto de la vida, as\u00ed como la consideraci\u00f3n de que \u201cel cuidado como valor jur\u00eddico, ser\u00e1 necesario que nos acompa\u00f1e literalmente hasta el final de nuestras vidas\u201d (4).<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">En este sentido, la sentencia de desestimaci\u00f3n de la Acci\u00f3n Civil P\u00fablica, con validez en todo el territorio nacional, entendi\u00f3 que la Resoluci\u00f3n no regula las \u00faltimas voluntades y las directivas testamentarias solo para pacientes terminales o quienes optan por la ortotanasia, sino tambi\u00e9n para todos aquellos incapaces de expresar su voluntad, habi\u00e9ndose basado esta decisi\u00f3n en el principio de autonom\u00eda de la voluntad, la dignidad humana y la prohibici\u00f3n del trato inhumano.<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">En realidad, si bien el CFM ha abierto un camino importante para la adopci\u00f3n de los DAVI, dado que muchos m\u00e9dicos podr\u00edan, con raz\u00f3n, negarse a cumplir las directivas del paciente por temor a sanciones disciplinarias o incluso judiciales, lo cierto es que existe una falta de regulaci\u00f3n o, al menos, de las premisas b\u00e1sicas del Testamento Vital, que est\u00e1n siendo complementadas por profesionales del derecho.<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">Podemos tomar como sugerencia de premisas las de la Ley de Muerte Natural del Estado de California, EE. UU. Esta norma exige que sea firmada por una persona mayor de edad y con capacidad de obrar, en presencia de dos testigos, y que sus efectos comiencen a los 14 (catorce) d\u00edas de su redacci\u00f3n. Es revocable en cualquier momento, tiene una vigencia limitada (aproximadamente 5 a\u00f1os), y el estado terminal debe ser certificado por 2 (dos) m\u00e9dicos\u201d (5).<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">El documento debe ser redactado por una persona capaz y l\u00facida, es decir, con pleno discernimiento de los asuntos involucrados, donde determine a qu\u00e9 tratamientos acepta, o no acepta, someterse en caso de que no pueda expresar su voluntad, se recomienda que un familiar est\u00e9 al tanto de la existencia de este documento, el cual debe ser entregado a su m\u00e9dico y adjuntado al expediente m\u00e9dico.<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">Es importante que tenga fecha de caducidad, ya que los avances en medicina son inconmensurables y las directivas deben ser revisadas peri\u00f3dicamente por el ciudadano, siendo obviamente un acto revocable. Debe registrarse en notar\u00eda y, seg\u00fan la Resoluci\u00f3n antes mencionada, no genera derechos ni obligaciones para el m\u00e9dico, quien no puede ser obligado a cumplir la voluntad del paciente, ya que la conducta y los procedimientos a aplicar son responsabilidad exclusiva del profesional, quien, por otro lado, como lo impone el c\u00f3digo deontol\u00f3gico m\u00e9dico, debe evitar tratamientos innecesarios en pacientes terminales, reconociendo la importancia de los cuidados paliativos, pero siempre observando y cumpliendo los preceptos \u00e9ticos.<\/span><\/p>\n<p><span dir=\"auto\">En cualquier caso, una muerte digna requiere que se mantengan cuidados como la hidrataci\u00f3n y la higiene, y tambi\u00e9n es cierto que las voluntades funerarias, como la cremaci\u00f3n y otros ritos funerarios, pueden incluirse en la misma DAVP (Declaraci\u00f3n de Aptitud para la Prohibici\u00f3n).<\/span><\/p>\n<p><span class=\"fonte11\"><span dir=\"auto\">(1) http:\/\/www.portalmedico.org.br\/resolucoes\/CFM\/2012\/1995_2012.pdf(2) Art. 1.857. Toda persona capaz puede disponer, por testamento, de todo o parte de sus bienes, para que surta efecto despu\u00e9s de su muerte.la declaraci\u00f3n de \u00faltima voluntad(3) La eutanasia est\u00e1 admitida o despenaliza como delito en Uruguay, mientras que en B\u00e9lgica y los Pa\u00edses Bajos est\u00e1 admitida para menores (http:\/\/www1.folha.uol.com.br\/mundo\/2014\/02\/1411689-belgica-aprova-eutanasia-para-menores-de-idade.shtml )(4) Coltro, Ant\u00f4nio Carlos Mathias e Oliveira y Telles, Mar\u00edlia Campos. La Muerte Digna bajo la Perspectiva Judicial en Familia y Responsabilidad \u2013 Congreso Brasile\u00f1o del IBDFAM &#8211; Porto Alegre: Magister, 2010 y los mismos autores se\u00f1alan que \u201cal instituir la cl\u00e1usula de la dignidad de la persona humana como fundamento de la propia Rep\u00fablica (art. 1, III), la Constituci\u00f3n indica que defiende la garant\u00eda de la dignidad incluso en la muerte y no el mantenimiento de la vida a cualquier precio, ya que la misma ley fundamental garantiza que \u201cnadie ser\u00e1 sometido a torturas ni a tratos inhumanos o degradantes\u201d (art. 5, III), principio que debe ser comprendido e interpretado en coherencia con los dem\u00e1s incluidos en ella\u201d. (5) http:\/\/portal.cfm.org.br\/index.php?option=com_content&amp;view=article&amp;id=23197%3Apacientes-oderao-registrar-em-prontuario-a-quais-procedimentos-querem-ser-submetidos-no-fim-da-vida&amp;catid=3%3A portal&amp;Itemid=1 <\/span><\/span><\/p>\n<hr \/>\n<p><span class=\"fonte11\"><span dir=\"auto\">Bibliograf\u00eda 1. Coltro, Ant\u00f4nio Carlos Mathias e Oliveira y Telles, Mar\u00edlia Campos. Una muerte digna desde una perspectiva judicial en familia y responsabilidad \u2013 Congreso Brasile\u00f1o del IBDFAM &#8211; Porto Alegre: Magister, 2010; 2. Dadalto, Luciana. Testamento vital. R\u00edo de Janeiro: Lumen Juris, 2010; 3. Debate \u201cTestamento y Voluntades Anticipadas\u201d \u2013 26\u00aa Reuni\u00f3n de Escribanos; 4. Tartuce, Flavio. La cuesti\u00f3n del testamento vital o biol\u00f3gico: Primeras reflexiones en Derecho de Familia: nuevas tendencias y sentencias emblem\u00e1ticas. Lagrasta Neto, Caetano, Tartuce, Fl\u00e1vio y Sim\u00e3o, Jos\u00e9 Fernando. S\u00e3o Paulo: Atlas, 2011.<\/span><\/span><\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ante una enfermedad incurable o terminal, y sin poder expresar sus deseos, se puede adoptar una forma [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":1669,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[1],"tags":[],"class_list":["post-295","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticia"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/devivo.letsite.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/295","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/devivo.letsite.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/devivo.letsite.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/devivo.letsite.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/devivo.letsite.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=295"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/devivo.letsite.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/295\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1952,"href":"https:\/\/devivo.letsite.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/295\/revisions\/1952"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/devivo.letsite.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/1669"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/devivo.letsite.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=295"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/devivo.letsite.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=295"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/devivo.letsite.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=295"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}